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DESPENALIZAN EL ABORTO EN MÉXICO A NIVEL FEDERAL

Un histórico fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ha despenalizado el aborto a nivel federal, marcando un hito en la lucha por los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar en el país. La decisión se tomó tras conceder un amparo al Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

“¡La SCJN despenaliza el aborto a nivel federal! Gracias a un amparo ganado por GIRE, todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a servicios de aborto en cualquier institución federal de salud”, anunció la organización a través de su cuenta de Twitter.

La Primera Sala de la SCJN declaró inconstitucional la penalización del aborto en el Código Penal Federal, argumentando que esta prohibición violaba los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar. Esta decisión se basó en la sentencia previa de la SCJN en septiembre de 2021, que declaró inconstitucional la prohibición absoluta del aborto en los códigos penales estatales. Sin embargo, pocos estados habían ajustado sus leyes para cumplir con este criterio, lo que llevó a la continuación de la tipificación del crimen a nivel local.

GIRE interpuso el amparo basándose en esta sentencia previa, que declaró inconstitucional el delito de aborto en el Código Penal del estado de Coahuila.

Según el comunicado de GIRE, cualquier institución federal de salud, como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), deberá proporcionar el servicio de aborto a todas las personas gestantes que lo soliciten, sin temor a ser criminalizadas.

Esta sentencia de la SCJN, aprobada por unanimidad, se convierte en obligatoria para todos los jueces locales y federales, quienes deben implementar la decisión de la corte.

Además, se espera que el Congreso federal modifique el Código Penal a raíz de esta resolución de la SCJN. El proyecto votado, el 267/2023 de la ministra Margarita Ríos-Farjat, abordó los artículos 330, 331, 332, 333 y 334 del Código Penal Federal, que establecían las sanciones por el delito de aborto a nivel federal.

Hasta este momento, diez de los 32 estados de México permitían la interrupción del embarazo con un límite de 12 semanas de gestación en la mayoría de las legislaciones, cambios que se habían implementado de manera progresiva.

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