La Corte Nacional de Justicia ha rechazado el pedido de vacaciones solicitado por Wilman Terán, presidente del Consejo de la Judicatura, argumentando que la potestad para autorizar este tipo de solicitudes no recae en ellos, sino en el ámbito administrativo. Según lo establecido, será el Consejo de la Judicatura quien analice y determine la viabilidad de la solicitud de vacaciones de Terán.
La negativa de la Corte Nacional de Justicia deja en claro que, en términos de procedimiento, la competencia para aprobar o denegar las solicitudes de vacaciones para funcionarios como Terán no está en su jurisdicción, sino que es una facultad del ámbito administrativo, específicamente del Consejo de la Judicatura.
Este giro en el proceso deja la decisión en manos del órgano correspondiente, el Consejo de la Judicatura, que deberá evaluar y tomar una determinación respecto al pedido de vacaciones presentado por Wilman Terán. Este episodio añade una nueva capa de complejidad a la situación legal que rodea al presidente del Consejo de la Judicatura en medio del caso en el que está involucrado.