La Corte Constitucional (CC) emitió una sentencia estableciendo que los conflictos laborales entre el Estado y sus servidores públicos deben resolverse en lo contencioso-administrativo, excepto en casos de discriminación o urgencia. Esta medida limita las acciones de protección en despidos de funcionarios públicos, según expertos.
La sentencia surgió tras la aceptación de una acción extraordinaria de protección a favor de Adriana Paulina Peñafiel Borja, despedida por el Instituto de Economía Popular y Solidaria mientras estaba embarazada. Su acción de protección fue inicialmente negada, lo que la llevó a apelar ante la Corte Constitucional.
La CC concedió la acción extraordinaria y resolvió que los conflictos laborales se resuelvan en lo contencioso-administrativo, salvo en casos evidentes de discriminación como el de Adriana Peñafiel.
Este fallo generó debate entre juristas. El abogado constitucionalista André Benavides lo considera una afrenta a los servidores públicos, al limitar su acceso a la jurisdicción contenciosa administrativa. Por otro lado, la abogada María José Mogrovejo lo ve como un freno al abuso de acciones de protección en despidos de servidores públicos.
Sin embargo, Mogrovejo señala un posible problema: los jueces podrían remitir automáticamente los casos a lo contencioso-administrativo sin una revisión exhaustiva, lo que podría aumentar la carga de trabajo en este ámbito y dilatar los procesos de resolución.
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