La décima pregunta (CASILLERO J) que los ecuatorianos responderán en las elecciones del domingo 21 de abril del 2024 pertenece a la consulta popular. Es decir que esta pregunta supone cambios legislativos que no afectan a la Constitución del Ecuador.
La pregunta dice:
¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?
Lea también:
- Operativo policial permite el decomiso de 100 armas y municiones en Cuenca
- Pregunta F de la consulta popular y referéndum: Control de armas
Actualmente, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en su artículo 69 contempla la pena de comiso penal a los bienes, en este caso las armas, cuando estos artefactos fueron instrumentos, productos o réditos en la comisión de un delito.
Estos objetos quedan bajo custodia en los Centros de Acopio de Evidencia de la Policía Nacional después de ser decomisados en operativos, acciones de flagrancia u otros procedimientos, bajo la autorización de un juez.
Además, sirven como elementos clave en investigaciones llevadas a cabo por las autoridades judiciales. Por ello, deben permanecer custodiados hasta que las autoridades competentes emitan una orden definitiva sobre su destino.
Según el protocolo de los centros de acopio, disponible en el sitio web de la Fiscalía General del Estado, la destrucción, baja, remate o chatarrización de estos elementos incautados solo puede realizarse previa orden escrita de los operadores de justicia, y se debe realizar un inventario detallado con respaldo fotográfico.
En caso de que el Sí gane en esta pregunta, el Presidente de la República deberá presentar un proyecto de ley reformatoria al COIP que contenga las modificaciones necesarias para que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas puedan hacer uso de estos objetos incautados.
El Presidente tendrá un plazo máximo de 5 días después de la publicación de los resultados oficiales de la consulta popular para enviar este proyecto a la Asamblea Nacional. El legislativo, a su vez, deberá debatir y aprobar la reforma en un plazo máximo de 60 días.