Desde el 1 de mayo del 2024, los montos máximos para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) han aumentado a 138 dólares mensuales, en comparación con los 108 dólares anteriores.
Este incremento se debe al aumento del IVA del 12% al 15%, que entró en vigor el pasado 1 de abril. El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha confirmado que este aumento ya está en efecto y que los beneficiarios pueden solicitar la devolución desde este mes.
La legislación establece que el monto máximo de devolución corresponde a la tarifa de IVA equivalente a dos salarios básicos unificados (SBU), que en 2024 es de 460 dólares. Por lo tanto, este año, la devolución máxima será de 138 dólares, que representa el 15% de 920 dólares (dos SBU en total).
Los adultos mayores y personas con discapacidad pueden solicitar montos más altos a partir del 1 de mayo de 2024, ya que la devolución del IVA se puede solicitar desde el mes siguiente a la emisión de la factura.
Es importante tener en cuenta que el aumento en la devolución se aplica a las facturas emitidas desde el 1 de abril. Si se tienen facturas más antiguas, el monto a solicitar será menor.
La devolución del IVA es un derecho para los adultos mayores y las personas con discapacidad, que les permite recuperar el valor del IVA pagado en la adquisición local de bienes y servicios básicos.
Este derecho se extiende a todas las personas de 65 años o más, ecuatorianas o extranjeras residentes en Ecuador, así como a las personas con una discapacidad igual o superior al 30% que residan en el país. Las personas extranjeras pueden solicitar la devolución del IVA una vez que obtengan su cédula de ciudadanía.
Para solicitar la devolución del IVA, existen dos opciones: el canal virtual y el canal presencial. En el canal virtual, se puede realizar a través de la página web del SRI en línea, siguiendo los pasos que se indican en la plataforma.
Para el canal presencial, se debe acudir a los Centros de Atención del SRI habilitados en todas las provincias del país y realizar el trámite correspondiente.
Es importante destacar que si las facturas son electrónicas, la solicitud de devolución del IVA se puede hacer exclusivamente a través del portal en línea del SRI, mientras que si son facturas físicas, el trámite debe realizarse de manera presencial en las agencias del SRI a nivel nacional.
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