El viernes 10 de mayo de 2024, la Corte Constitucional emitió otro reproche al presidente Daniel Noboa al invalidar el decreto que establecía un estado de excepción en cinco provincias, vigente desde hace 10 días, por carecer de justificaciones suficientes.
Este decreto, identificado como Decreto Ejecutivo 250, había sido emitido bajo la causal de ‘conflicto armado interno’, permitiendo la movilización de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, así como la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio en El Oro, Los Ríos, Manabí, Guayas y Santa Elena.
En una decisión no unánime, la Corte determinó que el Decreto no lograba justificar adecuadamente la existencia del conflicto armado interno ni la necesidad de aplicar el estado de excepción en términos territoriales y temporales. Según el pronunciamiento judicial, el Decreto se limitaba a mencionar dificultades en operaciones militares, sin respaldarlo con suficientes datos fácticos.
La Corte, en un comunicado, recordó a la Presidencia de la República su responsabilidad constitucional de motivar adecuadamente cualquier decreto de estado de excepción y de proporcionar datos fácticos que respalden la necesidad de tal medida extraordinaria.
El dictamen surtirá efecto una vez sea publicado en el Registro Oficial. Sin embargo, las juezas Carmen Corral y Teresa Nuques discreparon, argumentando que el Decreto estaba justificado y cumplía con los criterios jurisprudenciales.
Este revés constitucional se produce apenas dos semanas después de que la Corte llamara la atención al presidente Noboa por otro decreto relacionado con la crisis eléctrica. En aquella ocasión, la Corte emitió un dictamen parcialmente favorable, sin permitir la militarización de las centrales eléctricas.
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