El proceso judicial contra Carlos Pólit, excontralor ecuatoriano, está a la espera de la lectura de la sentencia que detallará la pena a cumplir. La Corte de Florida debe resolver dos mociones presentadas por la defensa el 21 de mayo.
La primera moción solicita un nuevo juicio y la segunda pide la absolución de los seis cargos de lavado de activos, que se detallan así:
- Conspiración para lavado de activos.
2-4. Lavado de activos en transferencias realizadas por Plastiquim y Cosani a la cuenta en Florida de Venture Overseas, empresa de John Pólit, hijo del excontralor.
5-6. Compra de un edificio de oficinas y remodelación de una casa en Florida.
El 17 de junio, la Fiscalía de Estados Unidos respondió a estas mociones, pidiendo a la jueza Khatleen Williams que las niegue y argumentando que no son válidas.
El 25 de junio, la Corte otorgó a la defensa de Pólit un plazo adicional hasta el 8 de julio para presentar sus contraréplicas.
Argumentos de la Fiscalía
En el primer documento, de 10 páginas, la Fiscalía y el Departamento de Justicia de Estados Unidos argumentan que las peticiones de la defensa son errores de derecho, ya estaban adecuadamente cubiertas o no aplican. Detallan tres fallas principales:
- No es aplicable tratar el caso como uno de conspiraciones múltiples, pues se trata de una sola conspiración para lavar activos.
- No se justifican los planteamientos sobre la mala aplicación de las leyes ecuatorianas contra los sobornos.
- Las otras peticiones del demandado estaban duplicadas.
En el segundo documento, de 34 páginas, sobre la petición de absolución de todos los cargos, la Fiscalía insiste en que las pruebas fueron suficientes para respaldar la condena y que el veredicto del jurado debe ser respetado y confirmado. Seis afirmaciones principales incluyen:
- La Fiscalía demostró la conspiración más allá de toda duda razonable.
- Las leyes ecuatorianas contra el soborno cumplen con los requisitos legales estadounidenses.
- Evidencia de los sobornos y glosas de Odebrecht.
- Evidencia del soborno de Diego Sánchez y el contrato de reaseguros.
- Se demostró que el acusado causó, ayudó e instigó las transacciones de los cargos 2 a 6.
- Las pruebas utilizadas cumplieron con los elementos estatutarios.
La acusación fue formulada correctamente y el jurado condenó al acusado por participar en transacciones con bienes de origen criminal, resultando en un delito contra una nación extranjera.