Con la implementación de la nueva Ley para el fortalecimiento del turismo a partir del 15 de julio de 2024, el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha establecido que la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a personas con discapacidad y adultos mayores solo será válida en compras realizadas en establecimientos autorizados por dicho servicio.
Para determinar estos establecimientos, el SRI seleccionará aquellos contribuyentes que hayan cumplido con la presentación y pago puntual de sus declaraciones de IVA durante los últimos 12 meses.
El SRI publicará en su sitio web oficial el listado completo de los establecimientos autorizados, conforme al Reglamento adjunto a la nueva Ley de turismo. Según este Reglamento, si un contribuyente sujeto al Régimen Impositivo para Microempresas (RIMPE) es autorizado como establecimiento para la devolución del IVA, estará obligado a presentar declaraciones mensuales de este impuesto a partir del primer día del mes siguiente a su calificación.
Además de las disposiciones sobre devolución de IVA, la Ley de turismo y su Reglamento contemplan medidas de alivio financiero aplicables a diversos sectores económicos, no limitándose únicamente al ámbito turístico. El texto completo del Reglamento puede ser consultado para obtener detalles adicionales sobre su contenido y aplicabilidad.
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