El Gobierno de Daniel Noboa ha realizado modificaciones en el proceso de devolución del impuesto al valor agregado (IVA) para adultos mayores y personas con discapacidad, tal como se establece en la Ley de Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, oficializada el 15 de julio de 2024.
La nueva normativa introduce parámetros específicos para que estos grupos accedan a la devolución del IVA. El cambio principal es que ahora, para ser beneficiario de esta devolución, las compras de bienes o servicios de primera necesidad deben realizarse en establecimientos previamente calificados por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Idrián Estrella, de Estrella & Apolo Consultores, explicó que para que un establecimiento sea calificado, debe estar al día en la declaración mensual del IVA y haber cumplido con esta obligación durante al menos 12 meses consecutivos. Anteriormente, la devolución del IVA se podía solicitar por compras realizadas en cualquier establecimiento del país.
Este cambio es significativo para los adultos mayores y las personas con discapacidad, quienes ahora deberán asegurarse de que los locales donde compran estén calificados por el SRI antes de adquirir bienes o servicios.
Para que el cambio entre en vigor, el SRI debe publicar un catastro o listado de los locales calificados, lo cual aún no se ha hecho hasta el 17 de julio. La administración tributaria ha informado que está trabajando en los actos normativos necesarios para aplicar el cambio, aunque no ha dado una fecha específica para la publicación del catastro. Por el momento, la devolución del IVA se mantiene sin modificaciones.
La devolución del IVA es un beneficio personal previsto en la Ley para adultos mayores y personas con discapacidad, permitiendo la restitución del valor del impuesto pagado en la adquisición de bienes y servicios de primera necesidad.
Este beneficio está disponible para personas ecuatorianas o extranjeras residentes en Ecuador que tengan 65 años o más. En el caso de personas con discapacidad, la devolución se aplica de manera proporcional al grado de discapacidad, a partir del 30%.
El monto máximo de devolución mensual del IVA es el equivalente al 15% del impuesto sobre hasta dos salarios básicos unificados, que son 460 dólares para el año 2024. Por lo tanto, el valor máximo que un beneficiario puede solicitar es de 138 dólares mensuales.
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