Henry Kronfle, presidente de la Asamblea Nacional, ha convocado al Pleno para una sesión virtual este lunes, 5 de agosto de 2024, a las 14:30, para tratar el oficio enviado por la Corte Nacional de Justicia (CNJ). La Secretaría de la Sala Penal de la CNJ remitió el 1 de agosto a la Asamblea la querella presentada por el juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ángel Torres, contra la asambleísta Ana Galarza, de Construye, por presunto delito de calumnia.
El conjuez de la CNJ, Marco Rodríguez, sustituye al juez Javier de la Cadena en esta causa y ha dispuesto que se oficie a la Asamblea para autorizar el enjuiciamiento penal de Galarza.
Autorización de la Asamblea
El artículo 128 de la Constitución establece que los asambleístas gozan de fuero de Corte Nacional de Justicia durante el ejercicio de sus funciones. Por ello, se requiere autorización previa de la Asamblea Nacional para iniciar una causa penal contra ellos. El artículo 111 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa determina que si no se contesta en 30 días la solicitud del fiscal o juez competente para el enjuiciamiento, se entenderá concedida. Basándose en estas normas, Torres ha solicitado que se levante la inmunidad parlamentaria de Galarza.
Acusaciones contra Galarza
Galarza es acusada de calumnia por Torres, quien afirma que la asambleísta se dedicó a desprestigiarlo y mancillar su honor, afectando su buen nombre, desarrollo personal y profesional mediante declaraciones en medios de comunicación digital replicadas en redes sociales.
Las declaraciones que originaron la querella se dieron el 24 de abril de 2024, cuando Galarza acusó a Torres de tráfico de influencias y de beneficiar a su yerno con un cargo en el movimiento ADN en la provincia de Loja, así como de favorecer a su familia con puestos en el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Torres confirmó que su yerno lidera el movimiento ADN en Loja, pero negó haber influido en su designación. Además, Torres pide que Galarza sea condenada a pagar 1 millón de dólares por daños y perjuicios y que se le imponga una pena de seis meses a dos años, según el artículo 182 del Código Orgánico Integral Penal, por calumnia.
Este tema será el segundo punto a tratarse en el Pleno de la Asamblea.
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