La nueva Ley reformatoria para la erradicación de la violencia y el acoso laboral, aprobada el 8 de mayo de 2024, establece que los empleadores podrán ser sancionados con multas por casos comprobados de violencia y acoso laboral.
Esta ley, que entrará en vigencia una vez publicada en el Registro Oficial, define como violencia y acoso laboral todos los “comportamientos y prácticas inaceptables”, incluidas amenazas, que causen “daño físico, psicológico, sexual, económico, político, simbólico o digital” a un trabajador.
Las reformas al Código de Trabajo incluyen la “no desconexión digital”, el desacato al tiempo de descanso, permisos y vacaciones, y la invasión de la privacidad personal y familiar como formas de violencia y acoso laboral.
Esto incluye llamadas o correos fuera del horario laboral por parte de jefes, así como cambios de funciones o puestos que reduzcan el salario sin autorización escrita del trabajador, considerados como “violencia psicológica y patrimonial”, según la ley.
Estos actos pueden ocurrir una sola vez o repetidamente, según el artículo 46.1 de la norma. Las sanciones incluyen multas emitidas por el inspector del Ministerio de Trabajo contra el empleador, sea persona natural o jurídica.
Además, se dispondrán medidas de reparación y apoyo para la víctima, con ayuda de órganos especializados, y medidas de protección para denunciantes, víctimas, testigos e informantes contra “victimización” y “represalias”. También se pueden exigir disculpas públicas del agresor.
Si no se identifican los responsables de violencia o acoso en medios digitales, el empleador debe emitir un comunicado público declarando que se trata de un presunto caso de violencia o acoso.
Montos de las Multas
Aunque la ley no establece un monto específico de las multas, según el Acuerdo Ministerial No MDT 2023-140, las sanciones pueden variar desde uno hasta 20 salarios básicos (USD 460 a USD 9.200), dependiendo de la gravedad de la infracción y el número de trabajadores en la empresa.
El inspector del trabajo determinará la gravedad del acto y el monto de la sanción, según la abogada laboral Vanessa Velásquez. También puede determinar una indemnización económica para el trabajador, y el acoso laboral es una causal de visto bueno contra el empleador.
Si el trabajador gana el visto bueno, el empleador podría ser sancionado con 12 salarios básicos (USD 5.520), como parte de la indemnización al trabajador.
Medidas para Servidores Públicos
Para el sector público, la ley permite a los servidores víctimas de violencia o acoso exigir sanciones pecuniarias contra la entidad empleadora y pedir medidas de reparación y apoyo a través del área de talento humano.
Además, el agresor deberá ofrecer disculpas públicas. El Ministerio de Trabajo otorgará medidas de protección a la víctima, denunciantes, testigos o informantes contra actos de victimización o represalias. Durante la investigación, estas personas no podrán ser cesadas de sus funciones.
La autoridad laboral puede solicitar la suspensión sin remuneración del agresor para evitar la revictimización. Si se comprueban los actos de violencia y acoso, se terminará la relación laboral con el agresor y se indemnizará a la víctima.
La ley también especifica que los servidores públicos no pueden ser obligados a renunciar ni a terminar la relación laboral debido a violencia y acoso, y cualquier terminación laboral por estas causas será considerada nula.
Al igual que en el sector privado, si no se identifican los responsables de violencia o acoso en medios digitales, el empleador debe emitir un comunicado público declarando que se trata de un presunto caso de violencia o acoso.
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